05 de marzo de 2021
Conceptos jurídicos parecidos pero distintos: discapacidad vs dependencia
Todas las personas en situación de dependencia son personas con discapacidad, pero no todas las personas con discapacidad son personas en situación de dependencia.
La discapacidad supone limitaciones para realizar algunas actividades, sin embargo no siempre la persona con discapacidad necesita ayuda. Se origina por alguna deficiencia física, mental, intelectual o sensorial y se reconoce a través de situación de discapacidad a fin de proporcionar el
acceso a derechos para equiparar oportunidades, como por ejemplo tarjetas de estacionamiento para movilidad reducida.
Dependencia (apoyo a la vida participativa): se necesitará la atención de otra persona para realizar actividades básicas de la vida ordinaria. El motivo será padecer una discapacidad o padecer una enfermedad. Se reconoce a través del reconocimiento de la situación de discapacidad, que recoge las prestaciones que corresponden de acuerdo al nivel de dependencia.
La dependencia implica una falta de autonomía personal para realizar actividades básicas diarias, bien por falta de movilidad física o bien por falta de capacidad para auto-gobernarse. Solo en este último caso coinciden dependencia e incapacitación.
Incapacitación: es necesario un procedimiento judicial en donde un juez, tras examinar a la persona que se desea incapacitar, junto al examen de un médico forense, determina si la persona es capaz o no, y en caso de no serlo, establece la persona que desde ese momento asistirá y representará al incapaz, velando por sus intereses.
Atendiendo a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, los términos incapacidad o incapacitación serán sustituidos por modificación judicial de la capacidad y persona con capacidad modificada judicialmente, hecho que aplaudimos desde #ProyectoFortis.
Contenido elaborado por #ProyectoFortis
La discapacidad supone limitaciones para realizar algunas actividades, sin embargo no siempre la persona con discapacidad necesita ayuda. Se origina por alguna deficiencia física, mental, intelectual o sensorial y se reconoce a través de situación de discapacidad a fin de proporcionar el
acceso a derechos para equiparar oportunidades, como por ejemplo tarjetas de estacionamiento para movilidad reducida.
Dependencia (apoyo a la vida participativa): se necesitará la atención de otra persona para realizar actividades básicas de la vida ordinaria. El motivo será padecer una discapacidad o padecer una enfermedad. Se reconoce a través del reconocimiento de la situación de discapacidad, que recoge las prestaciones que corresponden de acuerdo al nivel de dependencia.
La dependencia implica una falta de autonomía personal para realizar actividades básicas diarias, bien por falta de movilidad física o bien por falta de capacidad para auto-gobernarse. Solo en este último caso coinciden dependencia e incapacitación.
Incapacitación: es necesario un procedimiento judicial en donde un juez, tras examinar a la persona que se desea incapacitar, junto al examen de un médico forense, determina si la persona es capaz o no, y en caso de no serlo, establece la persona que desde ese momento asistirá y representará al incapaz, velando por sus intereses.
Atendiendo a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, los términos incapacidad o incapacitación serán sustituidos por modificación judicial de la capacidad y persona con capacidad modificada judicialmente, hecho que aplaudimos desde #ProyectoFortis.
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